EL AYUNTAMIENTO DE BILBAO COMIENZA EL PROCESO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL DE 2010
Las Ayudas de Emergencia Social (AES) presentan para este año una importante novedad. Las personas que cobran la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), en cualquiera de sus modalidades, y que el año pasado recibieron AES para el pago de alquiler, cobrarán ahora la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV), una nueva figura creada por la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco.
La Diputación Foral de Bizkaia es la entidad encargada de abonar esta ayuda y lo realizará mensualmente junto con la RGI. La institución foral se pondrá en contacto con las mencionadas personas en las próximas semanas, al objeto de que actualicen su documentación y para confirmar si este año cumplen los requisitos. De esta forma, no tendrán que volver a solicitar la ayuda para el pago de alquiler en los servicios sociales municipales, y deberán esperar a que la Diputación se ponga en contacto con ellas.
El Área de Acción Social del Ayuntamiento de Bilbao, por su parte, comenzará a tramitar en fechas próximas las Ayudas de Emergencia Social 2010. A partir del 15 de febrero, todas las personas que se beneficiaron el año pasado de estas ayudas recibirán en su domicilio una carta para comunicarles la manera en que podrán renovar su solicitud, si así lo necesitan. En primer lugar, se citará a las personas mayores de 65 años, excepto aquellas que recibieron AES para el alquiler de vivienda y cobran actualmente RGI, que serán citadas por la Diputación, ya que la ayuda pasa a ser Prestación Complementaria de Vivienda.
El resto de personas interesadas, y que no recibieron AES en 2009, encontrarán toda la información necesaria a partir de marzo en la web municipal y en los servicios sociales de base, donde se colocarán carteles informativos sobre la forma de solicitar las citas de atención para pedir las ayudas.
Las cantidades percibidas en concepto de Ayudas de Emergencia Social oscilan entre los 1.000 y 2.640 euros anuales, y varían en función del tipo de ayuda solicitado y de la composición de la Unidad de Convivencia. Las prestaciones se destinan a los conceptos siguientes: alquiler (para personas que no sean perceptores de PCV), coarriendo, subarriendo, pensión o pupilaje; gastos necesarios para el disfrute y mantenimiento de la vivienda o alojamiento (energía, agua, alcantarillado, comunidad e IBI); gastos para la habitabilidad (reparaciones) y el equipamiento básico (línea blanca); gastos para necesidades primarias no atendidas desde el Servicio Público de Sanidad (óptica, odontología y similares); y gastos de endeudamiento previo.
igonon vizcaya,
llevo 4meses pidendo la ayuda de emergencia pero todava no me ha recibido nada hasta hora.pued saber porque prfavor.
tendras que esperar esto es larguisimo y si algun dia te lo conceden enorabuena paciencia
donde la has solicitado?