Las multas por discriminar llegarán a los 500.000 euros
El anteproyecto de Ley integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación prevé multas de entre 150 y 500.000 euros para los acusados de discriminación, en función de si la infracción que han cometido es leve, grave o muy grave. El texto, al que el Consejo de Ministros dio luz verde el pasado 7 de enero y que está publicado en la web del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, consta de 47 artículos y pretende establecer un marco legal para la prevención, atención y eliminación de todas las formas de discriminación. Agrupaciones de gitanos y gays han expresado en los últimos días su satisfacción y apoyo a esta iniciativa.
En su articulo 2, el borrador dispone que nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, así como enfermedad, lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. En la justificación de la ley, el Ejecutivo asegura que la norma tiene la vocación de convertirse en el «mínimo común denominador normativo» que contenga las definiciones fundamentales del derecho antidiscriminatorio españo.
Así, establece sanciones leves, graves y muy graves para los que discriminen a otros. Las leves, cuya sanción va de 150 a 10.000 euros, corresponden a irregularidades «meramente formales» por «inobservancia» de lo recogido en la ley.
Las infracciones graves, de 10.001 euros hasta 60.000, son las que comprenden los actos u omisiones que constituyan una «discriminación, directa o indirecta, así como las que constituyan inducción» al delito. Las muy graves, con multas entre 60.001 y 500.000 euros, se refieren a conductas que impliquen «vejaciones muy graves» en los derechos fundamental
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